RESUMEN
RESOLUCIÓN 1016 – 31 MARZO 1989
POR LA CUAL SE
REGLAMENTE LA ORGANIZACIÓN, FUNDAMENTOS
Y FORMA
DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL
· CONSISTE EN:
planeación, organización, ejecución y
evaluación de las actividades de
Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial, Seguridad
Industrial. Art 2.
· ALTERNATIVAS:
exclusivos y propios para la empresa, en conjunto con otras empresas, contratados
con una entidad reconocida por el Ministerio de Salud para dichos fines. Art 3.
· DESARROLLO:
de acuerdo a actividad económica,
de conformidad con los riesgos reales y potenciales y el número de trabajadores. Debe tener un documento firmado por el
Representante legal y la persona encargada del desarrollo. Cronograma actualizado y
disponible para la vigilancia y control. Art
4.
·
Los empleadores deben destinar recursos.
Parágrafo 1. El empleador debe asignar a una persona encargada para la
coordinación del programa. Parágrafo 2.
·
CONSTITUIDO
POR:
o
Subprograma de Medicina Preventiva.
o
Subprograma de Medicina del Trabajo.
o
Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial.
o
Comité Medicina, higiene y seguridad Industrial.
Art 5.
·
Los Subprogramas de Salud Ocupacional deben
contar con el personal necesario. Art 6.
·
Asegurar cobertura cuando existan varios turnos
de trabajo. Art 7.
·
La prestación de servicios de Salud Ocupacional
por personas naturales o jurídicas deben ser certificadas por la autoridad
competente. Art 8.
·
La responsabilidad del programa de Salud
Ocupacional es responsabilidad del
empleador y no de la empresa contratista. Art
9.
·
FINALIDAD
SUBPRORAMAS DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO: promoción, prevención, y
control de la salud del trabajador. Art
10.
ACTIVIDADES:
1.
Exámenes
médicos, clínico y paraclínicos para admisión, ubicación según aptitudes
periódicos ocupacionales, cambios de ocupación, reingreso, retiro.
2.
Actividades
de vigilancia epidemiológica: mínimo Accidentes de trabajo, enfermedades
profesionales, Panorama de Riesgos.
3.
Prevención
de enfermedades, accidentes y educación en salud.
4.
Investigar
y analizar las enfermedades, determinar causas y medidas preventivas y
correctivas.
5.
Informar a gerencia sobre los problemas de salud
y medidas para prevención.
6.
Estudiar y conceptuar sobre la toxicidad de materias primas y
sustancias en proceso. Medidas para evitar sus efectos nocivos.
7.
Organizar e implantar un servicio oportuno y
eficiente de primeros auxilios.
8.
Promover a participar en actividades de
prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
9.
Colaborar en el Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.
10.
Visitas a los puestos de trabajo para conocer
los Riesgos relacionados con la patología laboral, emitiendo informes a la
gerencia, para los correctivos.
11.
Programas para la prevención, detección y
control de enfermedades relacionadas o agravadas por el trabajo.
12.
Diseñar y ejecutar programas para la prevención
y control de enfermedades generadas por los riesgos psicosociales.
13.
Elaborar y mantener actualizadas las estadísticas de morbilidad de los
trabajadores e investigar las posibles relaciones con sus actividades.
14.
Coordinar y facilitar la rehabilitación y
reubicación de las personas con
incapacidad temporal y permanente parcial.
15.
Elaborar y presentar a las directivas de la
empresa, para su aprobación, los subprogramas de Medicina Preventiva y del
Trabajo y ejecutar el plan aprobado.
16.
Promover actividades
de recreación y deporte.
- · FINALIDAD SUBPROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INSDUSTRIAL: identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores ambientales que se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de los trabajadores. Art 11.
ACTIVIDADES:
1. Realizar
Panorama de Riesgos.
2.
Identificar agentes de riesgos físicos,
químicos, biológicos, psicosociales, ergonómicos, mecánicos, eléctricos,
locativos y otros agentes contaminantes, mediante inspecciones periódicas a las
áreas, frentes de trabajo y equipos en general.
3.
Evaluar con la ayuda de técnicas de medición
cualitativas, la magnitud de los riesgos, para determinar su real peligrosidad.
4.
Conceptuar sobre los proyectos de obra,
instalaciones industriales y equipos en general, para determinar los riesgos.
5.
Inspeccionar y comprobar la efectividad y el
buen funcionamiento de los equipos de seguridad y control de los riesgos.
6.
Estudiar e implantar los sistemas de control
requeridos para todos los riesgos existentes en la empresa.
7.
Conceptuar sobre las especificaciones técnicas
de los equipos y materiales, cuya manipulación, transporte y almacenamiento
generen riesgos laborales.
8.
Establecer y ejecutar las modificaciones en los
procesos u operaciones, sustitución e materias primas peligrosas, encerramiento
o aislamiento de procesos, operaciones u otras medidas, con el objeto de
controlar en la fuente de origen y/o en el medio los agentes de riesgo.
9.
Estudiar e implantar los programas de
mantenimiento preventivo de las maquinas, equipos, herramientas, instalaciones
locativas, alumbrado y redes eléctricas.
10.
Diseñar y poner en práctica de medios de
protección efectiva, necesarios en los sistemas de transmisión de fuerza y
puntos de operaciones de maquinaria, equipos y herramientas de trabajo.
11.
Inspeccionar
periódicamente las redes e instalaciones eléctricas locativas de maquinaria,
equipos y herramientas, para controlar
los riesgos de electrocución y los peligros de incendio.
12.
Supervisar y verificar la aplicación de los
sistemas de los riesgos ocupacionales en la fuente y en el medio ambiente. Determinar la necesidad de elementos de
protección personal, previo estudio de puesto de trabajo.
13.
Analizar las características técnicas de
diseño y calidad de los elementos de
protección personal, que suministren a
los trabajadores, de acuerdo con las especificaciones
de los fabricantes o autoridades competentes, para establecer procedimientos de
selección, dotación, uso, mantenimiento y reposición.
14.
Investigar y analizar las causas de los
accidentes e incidentes de trabajo y
enfermedades profesionales a efectos de aplicar las medidas correctivas.
15.
Informar a las autoridades competentes sobre los
accidentes de trabajo.
16.
Elaborar, mantener actualizadas y analizar las
estadísticas de los accidentes de trabajo.
17.
Delimitar las áreas de trabajo, zonas de almacenamiento
y vías de circulación, señalizar salidas de emergencia, resguardos y zonas
peligrosas.
18.
Organizar y desarrollar un plan de emergencia
teniendo en cuenta las siguientes ramas.
o
RAMA PREVENTIVA: aplicación de normas legales y
técnicas sobre combustibles, equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias
peligrosas propias de la actividad económica de la empresa.
o
RAMA PASIVA O ESTRUCTURA: diseño y construcción
de edificaciones con materiales resistentes, vías de salida suficientes y
adecuadas para la evacuación, de acuerdo con los riesgos existentes y el número
de trabajadores.
o
RAMA ACTIVA O CONTROL DELAS EMERGENCIAS:
conformación y organización de brigadas (selección, capacitación, planes de
emergencia y evacuación) sistema de detección alarmas comunicación, selección y
distribución de equipos de control fijos o portátiles (manuales o automáticos),
inspeccionar señalización y mantenimiento de los sistemas de control.
19.
Estudiar y controlar la recolección, tratamiento
y disposiciones de residuos y desechos, aplicando y cumpliendo con las medidas
de saneamiento básico ambiental.
20.
Promover, elaborar, desarrollar y evaluar
programas de inducción y entrenamiento, encaminados a la prevención de
accidentes y conocimiento de los riesgos en el trabajo.
21.
Asesorar y colaborar con el Comité de
Medicina, Higiene y Seguridad
Industrial.
22.
Elaborar y promover las normas de Salud
Ocupacional.
23.
Elaborar y presentar a las directivas de la
empresa el subprograma.
- REGÍSTROS MÍNIMOS DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL. Art 14.
1.
Listado de materiales primas y sustancias.
2.
Agentes de riesgo por ubicación y prioridades.
3.
Relación de trabajadores expuestos a agentes de
riesgo.
4.
Evaluación de los agentes de riesgo
ocupacionales y de los sistemas de control.
5.
Relación discriminada de elementos de protección
personal.
6.
Recopilación y análisis estadístico de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
7.
Ausentismo general, por accidentes de trabajo
por enfermedad profesional y por enfermedad común.
8.
Resultados de inspecciones.
9.
Cumplimiento de programas de educación y
entrenamiento.
10.
Historia ocupacional de los trabajadores.
11.
Planes específicos de emergencia y actas de
simulacro en las empresas.
- · Para la evaluación de los Programas de Salud Ocupacional por parte de entidades competentes de vigilancia y control. Art 15.
1.
Índices de frecuencia y severidad de accidentes
de trabajo.
2.
Tasas de ausentismo por accidentes de trabajo,
enfermedad profesional y enfermedad común en el último año.
3.
Grado del cumplimiento del programa de salud
Ocupacional de acuerdo con el cronograma de actividad.
- · El cronograma será evaluado por la empresa cada 6 meses y se reajustará cada año. Art 16.